SAE - Sociedad de Activos Especiales

Destinación provisional

 ¿La Sociedad de Activos Especiales S.A.S. destina bienes a otras Entidades?


Si, SAE como administrador del FRISCO entrega bienes de manera provisional conforme lo establece el capítulo 5 del decreto 2136 de 2015 así:


1. A entidades públicas del orden nacional, territorial y


2. A personas jurídicas de derecho privado sin ánimo de lucro cuando tienen más de diez (10) años de existencia, cuentan con reconocida idoneidad y su objeto social se dirige a programas de público reconocimiento


 Las destinaciones provisionales se realizan con el fin de impulsar programas u actividades de interés público acordes con el Plan Nacional de Desarrollo y los Planes Seccionales de Desarrollo.


 Conoce términos y condiciones en el siguiente enlace:


https://www.saesas.gov.co/tramites_servicios/destinacion_provisional  


 


¿Qué documentos debe entregar una fundación para que entre en estudio la entrega de un inmueble en destinación provisional?


Junto con la solicitud de un bien mueble o inmueble debe adjuntar:


1. Documento que acredita el tiempo de constitución de la entidad solicitante


2. Copia del documento de identidad del representante legal y/o Autoridad


3. Antecedentes judiciales de todos los funcionarios que hacen parte del proyecto


4. Declaración del representante legal sobre origen de los recursos y sobre la inexistencia de actividades ilícitas por parte de sus donantes o de investigaciones de tipo penal,


 


¿SAE destina inmuebles a personas naturales?


 No, la Sociedad de Activos Especiales S.A. S. no se encuentra autorizada para destinar provisionalmente bienes a personas naturales.


 


¿Qué costo tiene la entrega de un inmueble o mueble en destinación provisional?


No tiene ningún costo, la Entidad que recibe un bien debe constituir una póliza a favor del administrador del FRISCO que garantice el cumplimiento de sus obligaciones y daño a terceros

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