SAE - Sociedad de Activos Especiales

Arrendamiento de inmuebles

 



 


¿Quién puede arrendar inmuebles? 


La Sociedad de Activos Especiales S. A. S. puede directamente o a través de Depositarios Provisionales previamente seleccionados mediante convocatoria pública.   


Si una persona le ofrece un activo administrando por SAE, confirme su veracidad a través de nuestros canales de atención o consulte en este listado los depositarios provisionales autorizados 


https://www.saesas.gov.co/informacion_ciudadano/convocatorias/registro_vigente_depositarios_29896


No permita ser víctima de una estafa.


¿Los valores de cánones de arrendamiento de este tipo de bienes, son más bajos frente al mercado inmobiliario?


No, Los cánones de arrendamiento son tasados por peritos expertos de acuerdo con las condiciones del mercado, para ello se tienen en cuenta las características de la construcción, uso, edad, estrato, estado de conservación y demás características del inmueble.


¿El pago de cánones de arrendamiento puede ser efectuado directamente en las Oficinas de la Sociedad de Activos Especiales S.A.S?


No, SAE directamente no recibe recursos. La Entidad cuenta con un sistema de recaudo centralizado que facilita el pago de cánones de arrendamiento, el cupón de pago es enviado al arrendatario, quien debe remitirse al banco para realizar el pago o realizarlo por medios electrónicos por el portal de PSE.


Conozca el sistema de recaudo centralizado en el siguiente video.


 



 


¿Cuánto es el tiempo mínimo y máximo que se puede arrendar? 


 


Todo depende del tipo de contrato y del activo, hablando de inmuebles con vocación de vivienda, el tiempo mínimo del contrato de arrendamiento es de 12 meses y si se trata de inmuebles rurales tenemos contratos suscritos de hasta 10 años. 


 


De igual manera al momento de efectuar las negociaciones para arrendar los inmuebles administrados por SAE, el agente comercial le indicara el tiempo mínimo y máximo para arrendar el inmueble.


 


¿Dónde encontramos los formularios de solicitud para arrendamiento? 


 


Este formulario es entregado por los agentes comerciales de la Regional o por el depositario, cuando se están realizando los acercamientos comerciales 


 


Por qué aparecen inmuebles para arrendamiento en la página web pero al recibir información indican que no está disponible?  


 


Es importante informar que por la dinámica de SAE y la vigencia de los estimados de renta (documento por medio del cual se establece el valor del canon de arrendamiento), por tal motivo el portafolio de inmuebles para arrendamiento varia todos los días, se retiran inmuebles por el vencimiento de los estimados y se publican nuevos inmuebles.


 


¿Ciudadanos extranjeros pueden arrendar con SAE? ¿Con quién se tramita la póliza? 


 


Si, los cuidadanos extranjeros pueden arrendar con SAE y deben hacer el mismo tramite que cualquier nacional, ahora bien con relación a las pólizas, en la actualidad nuestra Entidad tiene un corredor de seguros que es la persona que se encarga de apoyarnos con la búsqueda de la mejor aseguradora y póliza para nuestros contratos, por lo cual una vez se hace la entrega de los documentos para arrendar, SAE directamente adelanta la solicitud del estudio para la expedición de la póliza. 


 


¿Una persona natural puede tomar en arrendamiento un bien inmueble de la SAE? 


 


Cualquier persona puede tomar en arrendamiento los inmuebles administrados por SAE, siempre y cuando no se encuentre incursa en ninguna inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses y que no se trate del infractor o sus familiares en cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil. 


 


¿Los contratos de arrendamiento se pueden hacer por varios años, y teniendo el privilegio de compra de la propiedad? 


  


Como se indicó anteriormente los contratos de arrendamiento sobre los inmuebles que administra SAE puede ser a varios años, ahora bien, sobre la opción de compra, por los principios de la función pública no es posible ofrecer la opción de compra al arrendatario, todas las personas están en las mismas condiciones para presentar sus ofertas de compra y no tiene ningún tratamiento especial el ser arrendatario de SAE.  


 


¿Si una persona natural es empleado público de carrera administrativa, puede acceder a un predio rural en arriendo?


 


Si señor, los únicos empleados o funcionarios públicos que no pueden arrendar o comprar con SAE son aquellos que trabajamos en la Entidad  


 


¿El precio de arriendo publicado en la página web puede ser negociable? 


  


Si señor, es posible llegar a alguna negoción, para lo cual se debe radicar la solicitud de arrendamiento con la propuesta y la explicación del porque se ofrece este valor, esta solicitud es analizada por nuestros agentes comerciales en las Regionales y los depositarios y se informara al interesado si es viable arrendar el predio con el valor propuesto o si este se debe mejorar.  


 


¿Cómo se adquiere un portafolio de inmuebles para arrendar o comprar a nivel Colombia, hay alguna persona para ventas y arriendos?


  


Sobre el portafolio de inmuebles para arrendar debe ser consultado en la página de SAE, www.saesas.gov.co y en las fichas de los inmuebles encontrarán los datos de los agentes comerciales de las Regionales y los depositarios quienes atenderán las solicitud de información requeridas y los guiaran en el proceso de arrendamiento. 


 


De otra parte, la información de los inmuebles disponibles para venta se maneja directamente desde la Gerencia Comercial y por nuestro único operador comercial autorizado por la Junta Directiva de SAE SAS, Central de Inversiones SA ?? CISA, de igual manera los inmuebles se encuentran publicados en las páginas web de SAE www.saesas.gov.co y de CISA www.cisa.gov.co  


 


¿Cuál es el procedimiento para continuar con un contrato de arrendamiento una vez termine el plazo?  


  


De acuerdo con el código de comercio y con la metodología de la administración de los bienes del FRISCO, para los contratos comerciales se debe remitir intensión de prorroga o finalización con 6 meses de anterioridad y 3 meses para contratos de vivienda, teniendo en cuenta que las minutas de SAE no cuentan con prórroga automática  


 


¿Es posible ver el inmueble físicamente antes de arrendarlo? 


 


Si, se debe programar visita con la regional correspondiente, por medio del correo electrónico atencionalciudadano@saesas.gov.co 


 


¿Si la SAE me arrienda un inmueble, lo puedo subarrendar? 


 


No, en SAE no está permito el subarriendo, teniendo en cuenta que es una causal de terminación  


 


¿Para tomar una finca en arriendo con SAE se puede hacer con más de una persona natural? 


 


Si, teniendo en cuenta que deben ser las persona que ocupan el predio y siempre y cuando cumplan con los requisitos que exige SAE y la aseguradora. Así mismo se debe tener presente que todos deben quedar en la minuta del contrato  


 


Estoy interesada en un local en mal estado. ¿Quién asume el costo por los arreglos? 


  


El costo de las adecuaciones que requieren los inmuebles es asumido por SAE 


 


¿Cuál es tramite que debe seguir el depositario, para autorización de arreglos locatarios? 


  


Debe solicitar visita al inmueble en compañía del grupo de ROM de la regional para así validar con los contratistas la obras que se pueden aprobar.

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